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Castilla-La Mancha · Provincia

Toledo

Se eligen 4 senadores. Cada elector puede marcar hasta 3 candidatos de cualquier candidatura.

Cómo se vota al Senado

Se vota a personas, no a listas. Resultan elegidos los candidatos más votados hasta cubrir los escaños de la circunscripción. Cada candidato al Senado lleva dos suplentes, que no aparecen en la papeleta.

Candidaturas

Proclamadas: Candidaturas proclamadas por la Junta Electoral Provincial.

Publicación oficial del 3 de noviembre de 2026, incorporada el 4 de noviembre de 2026

6 candidaturas, en orden alfabético. El orden no refleja ninguna valoración.

SDP (PSOE-IU-MS)

SENADO DE PROGRESO

Proclamada: Candidatura proclamada por la Junta Electoral Provincial.
  1. Candidato José Manuel Tofiño Pérez (SENADO DE PROGRESO)Nombre tal como figura en el BOECon trayectoria

    Suplentes: María Elena Sonseca Majano (SENADO DE PROGRESO)Nombre tal como figura en el BOE, Javier Payo Béjar (SENADO DE PROGRESO)Nombre tal como figura en el BOE

  2. Candidato María Isabel Álvarez Domínguez (SENADO DE PROGRESO)Nombre tal como figura en el BOECon trayectoria

    Suplentes: Rubén Hernández Villasevil (SENADO DE PROGRESO)Nombre tal como figura en el BOE, Silvia García Delgado (SENADO DE PROGRESO)Nombre tal como figura en el BOE

  3. Candidato Ignacio Hernández Rodríguez (SENADO DE PROGRESO)Nombre tal como figura en el BOECon trayectoria

    Suplentes: María Serrate Mayoral (SENADO DE PROGRESO)Nombre tal como figura en el BOE, Fernando Díaz Martín-Escudero (SENADO DE PROGRESO)Nombre tal como figura en el BOE

VOX

VOX

Proclamada: Candidatura proclamada por la Junta Electoral Provincial.
¿Qué significa el estado de las candidaturas?
Sin publicar: Las candidaturas aún no se han publicado oficialmente.
Las candidaturas aún no se han publicado oficialmente.
Presentadas: Candidaturas presentadas y publicadas provisionalmente en el BOE. Pueden cambiar antes de la proclamación.
Candidaturas presentadas y publicadas provisionalmente en el BOE. Pueden cambiar antes de la proclamación.
Proclamadas: Candidaturas proclamadas por la Junta Electoral Provincial.
Candidaturas proclamadas por la Junta Electoral Provincial.
Modificadas: Candidaturas modificadas después de la proclamación por una resolución posterior.
Candidaturas modificadas después de la proclamación por una resolución posterior.

Metodología completa