Proyecto independiente de información electoral. No es una web oficial.

Castilla y León · Provincia

Segovia

Se eligen 4 senadores. Cada elector puede marcar hasta 3 candidatos de cualquier candidatura.

Cómo se vota al Senado

Se vota a personas, no a listas. Resultan elegidos los candidatos más votados hasta cubrir los escaños de la circunscripción. Cada candidato al Senado lleva dos suplentes, que no aparecen en la papeleta.

Candidaturas

Proclamadas: Candidaturas proclamadas por la Junta Electoral Provincial.

Publicación oficial del 3 de noviembre de 2026, incorporada el 4 de noviembre de 2026

5 candidaturas, en orden alfabético. El orden no refleja ninguna valoración.

SDP (PSOE-IU-MS)

SENADO DE PROGRESO

Proclamada: Candidatura proclamada por la Junta Electoral Provincial.
  1. Candidato María del Lirio Martín García (Senado De Progreso)Nombre tal como figura en el BOECon trayectoria

    Suplentes: Juan José Maroto Sáez (Senado De Progreso)Nombre tal como figura en el BOE, Aitana Elena Tamayo Hernando (Senado De Progreso)Nombre tal como figura en el BOE

  2. Candidato Alberto López Villa (Senado De Progreso)Nombre tal como figura en el BOE

    Suplentes: Cristina Herrero Arranz (Senado De Progreso)Nombre tal como figura en el BOE, Javier García Díez (Senado De Progreso)Nombre tal como figura en el BOE

  3. Candidato Alba Barrio Martín (Senado De Progreso)Nombre tal como figura en el BOECon trayectoria

    Suplentes: Alfonso Dorrego Méndez (Senado De Progreso)Nombre tal como figura en el BOE, Isabel Clara Dorotea Gómez Sancho (Senado De Progreso)Nombre tal como figura en el BOE

¿Qué significa el estado de las candidaturas?
Sin publicar: Las candidaturas aún no se han publicado oficialmente.
Las candidaturas aún no se han publicado oficialmente.
Presentadas: Candidaturas presentadas y publicadas provisionalmente en el BOE. Pueden cambiar antes de la proclamación.
Candidaturas presentadas y publicadas provisionalmente en el BOE. Pueden cambiar antes de la proclamación.
Proclamadas: Candidaturas proclamadas por la Junta Electoral Provincial.
Candidaturas proclamadas por la Junta Electoral Provincial.
Modificadas: Candidaturas modificadas después de la proclamación por una resolución posterior.
Candidaturas modificadas después de la proclamación por una resolución posterior.

Metodología completa